La medida aplica únicamente a quienes cotizaron bajo la Ley del Seguro Social de 1973 y se jubilaron por vejez o cesantía en edad avanzada; las pensiones bajo el régimen de cuentas individuales no recibirán aguinaldo.
El pago del aguinaldo será por un monto equivalente a una mensualidad de su pensión base, sin incluir asignaciones u otras ayudas. El depósito se hará junto con el pago ordinario de la pensión correspondiente al mes de noviembre. No se ha confirmado que esa medida se extienda para trabajadores activos u otros regímenes más allá del caso pensionario señalado.
Algunos pensionados recibirán su aguinaldo antes de los descuentos masivos; sin embargo, la medida no aplica para todos los regímenes y no representa un cambio universal: conocer tu esquema te ayudará a saber si eres beneficiario.
CON INFORMACIÓN DE DOMINIQUE FEMAT
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