La temporada para la declaración anual de impuestos relativa al 2023 para personas físicas ya comenzó, por lo que es importante saber qué gastos personales puedes deducir ante el SAT para evitar problemas con la máxima autoridad tributaria. Si quieres saber que es lo que puedes deducir, así como el límite de esta práctica, aquí te contamos más al respecto.
¿Cuándo hay que presentar la declaración anual 2023?
La fecha establecida como límite para los contribuyentes que no están obligados a cumplir con esta obligación anual es hasta el 30 de abril. Esta se puede presentar de manera voluntaria si es que existen deducciones de gastos a favor para poder solicitar la devolución del saldo.
¿Qué gastos se pueden deducir en la declaración anual ante el SAT?
Hay que recordar que las deducciones personales son aquellos gastos que como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la declaración anual del ejercicio. En ellos se contemplan los servicios Médicos y hospitalarios, Seguros y Educación.
En materia de salud se contemplan pagos por honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición. Estos servicios son deducibles siempre y cuando sean prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.
Para el caso de seguros, las primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social, son deducibles. Y por último en materia de educación se pueden deducir las colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios, por los siguientes montos:
- Preescolar: 14 mil 200 pesos.
- Primaria: 12 mil 900 pesos.
- Secundaria: 19 mil 900 pesos.
- Profesional técnico: 17 mil 100 pesos.
- Bachillerato o su equivalente: 24 mil 500 pesos.
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¿Cuánto es lo máximo que puedo deducir de impuestos?
Es importante mencionar que para las deducciones de gastos personales hay un límite establecido por ley y este no puede exceder el 15% del total de tus ingresos o en su defecto cinco Unidades de Medida y Actualización, conocidas como UMA.
Aunque hay excepciones como en el caso de gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales. Esto también contempla gastos funerarios siempre y cuando el monto no exceda de la UMA anual equivalente a 37 mil 844.40 pesos para el pasado 2023.
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